Salvadoreño: ¿Conocés las leyes en contra del ciberbullying?

Hasta el momento no hay leyes
tan rígidas que protejan a las víctimas; sin embargo, te presentamos las
legislaciones del Código Penal Salvadoreño, en las que se trata esta temática y
se señala a grandes rasgos las implicaciones que puede surgir la persona que
atente, por medios electrónicos, contra la dignidad de otra.
Violación de
Comunicaciones Privadas.
Art. 184.- El que con fin de
descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro se apoderare de
comunicación escrita, soporte informático o cualquier otro documento o efecto
personal que no le este dirigido o se apodere de datos reservados de carácter
personal o familiar de otro, registrados en ficheros, soportes informáticos o
cualquier otro tipo de archivos o registro público o privado, será sancionado
con multa de 50 a 100 días multa.
Violación Agravada
de Comunicaciones.
Art. 185.- Si los hechos
descritos en el artículo anterior se realizaren por las personas encargadas o
responsables de los ficheros, soportes informáticos, archivos o registros, se
impondrá, además de la pena de multa, inhabilitación del respectivo cargo o
empleo publico de 6 meses a 2 años.
Gracias por dejar tus cometarios.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Agradecemos tu opinión. Comparte este blog con tus amigos.